FUENTE: Europa Press y C.L. El consejo de ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto para la financiación del déficit de tarifa eléctrica para los ejercicios 2013 y 2014. En el decreto se establece una nueva categoría de tensión de peajes eléctricos, de entre 30 y 36 kilovoltios (kV), cuyo objetivo es que algunas industrias «no estén penalizadas con peajes superiores a otros». «Esto va a afectar en sentido positivo a industrias del País Vasco», afirmó el ministro de Industria, José Manuel Soria. Además, la norma incluirá además unos mecanismos de compensación de los costes de emisión de CO2 a las empresas con gran consumo de electricidad que implicará un incentivo de 4 millones de euros para este tipo de industrias, añadió. El Real Decreto aprobado hoy, para la financiación por parte de las cinco grandes eléctricas del déficit de tarifa de 2013, cifra su cuantía en 3.540 millones de euros, así como para hacer frente a los «desajustes coyunturales» de 2014, de los que se harán cargo todos los agentes del sector, según explicó el ministro. En el caso del déficit de tarifa de 2013, la cinco eléctricas deberán asumir su financiación a razón de un 44% en el caso de Endesa, un 35% en el de Iberdrola, un 14% en el de Gas Natural Fenosa, un 6% en el de EDP España y un 1% en el de E.ON España. Al mismo tiempo, las eléctricas tendrán derecho a ceder a terceros el derecho de cobro que les genere su obligación de financiar la deuda eléctrica de 2013. Esta deuda la irán pagando a su vez los consumidores de luz durante quince años en su recibo a un tipo de interés más una prima similar «a la que tienen las compañías en condiciones de mercado», indicó Soria. El mecanismo de financiación incluye un periodo inicial, que abarca desde el 1 de enero de 2014 hasta la liquidación de cierre de este año, en el que se reconoce un tipo de interés del 0,624%, fruto del Interest Rate Swap (IRS) más el Credit Default Swap (CDS) a un año de las empresas eléctricas financiadoras. Habrá además un segundo periodo, que abarca desde la liquidación de cierre hasta que se cumplan los quince años el 31 de diciembre de 2028, en el que se reconoce un tipo de interés del 2,195%, correspondiente a las obligaciones del Estado a ocho años, más 31,8 puntos básicos. Para los desajustes que puedan surgir a partir de 2014, y que deben financiarse a cinco años, el real decreto establece en un primer ejercicio un diferencial con respecto a los tipos de referencia de la deuda pública de 85 puntos básicos. A partir de la entrada en vigor del real decreto, las eléctricas podrán ceder a terceros los derechos de cobro del déficit del año 2013. Para que la cesión sea efectiva, deberán comunicarlo a la CNMC.
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