El Consejo de Ministros del viernes 2 de junio ha aprobado un Real Decreto que recoge dos modificaciones puntuales de Real Decreto del 5 de abril de 2014 que regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. De esta manera se da cumplimiento a la trasposición de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010. La primera modificación recoge la definición exacta del término -œedificio de consumo de energía casi nulo--˜, con el fin de hacerla coincidir con las exigencias recogidas en la citada Directiva comunitaria. La segunda modificación afecta a los edificios que están excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto. En este caso, la modificación supone que determinados edificios protegidos oficialmente, a partir de ahora sí tendrán que contar con un certificado de eficiencia energética.
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